Producto · 28 de agosto de 2026

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Un fallo judicial limita el uso de la liquidación judicial de un competidor para captar clientes

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FORTYTWO / Unsplash

Un tribunal francés determinó que una empresa no puede presentar como segura la desaparición de un servicio o actividad de un competidor en liquidación judicial si esa afirmación carece de fundamento. El caso involucró a una sociedad que contrató con un nuevo proveedor tras recibir un correo que aseguraba que, sin un comprador, las instalaciones del proveedor inicial dejarían de funcionar progresivamente. Sin embargo, días después se autorizó la venta del fondo de comercio a un tercero, lo que invalidó las afirmaciones del nuevo proveedor. El cliente demandó la anulación del contrato por dolo. El fallo, emitido el 13 de mayo de 2026 por la cámara comercial de la Corte de Casación, subraya que el dolo puede configurarse cuando se induce a error a un cliente mediante afirmaciones falsas presentadas como ciertas, incluso si el cliente es un profesional experimentado.

La controversia surgió tras la liquidación judicial de un proveedor que mantenía un contrato de mantenimiento de un sistema automatizado de gestión de aparcamientos. Un competidor contactó al cliente y le envió un correo en el que afirmaba que, ante la falta de un comprador, las infraestructuras técnicas dejarían de operar gradualmente. El cliente, tras recibir esta información, firmó dos presupuestos por un total de 79 100 euros para instalar un nuevo sistema, su suscripción y mantenimiento. No obstante, el juez-comisario autorizó poco después la cesión del fondo de comercio a un tercero, lo que demostró que las afirmaciones del competidor eran incorrectas.

La Corte de Casación aclaró que el dolo no se configura automáticamente por el simple hecho de contactar a clientes de un competidor en liquidación judicial. Sin embargo, sí puede darse si el competidor presenta como segura una información que no lo es, como la imposibilidad de que el fondo de comercio sea adquirido o la cesación inevitable de los servicios. El tribunal destacó que el cliente, aunque fuera una profesional con experiencia, no pierde su derecho a alegar dolo por el mero hecho de no haber verificado la información por su cuenta, según lo establecido en el artículo 1139 del Código Civil francés.

El fallo también advierte sobre los riesgos de asumir que una liquidación judicial implica la desaparición inmediata de productos o servicios. En este caso, la cesión del fondo de comercio incluyó activos como un archivo de clientes y los códigos fuente necesarios para el funcionamiento de las instalaciones. Además, el juez-comisario puede organizar la venta de activos sin necesidad de enumerar cada contrato individualmente, siempre que puedan identificarse de otra manera. Esto exige a las empresas que monitorean a competidores en dificultades una mayor precaución, ya que la situación puede cambiar rápidamente durante el proceso.

Para las direcciones comerciales, el fallo establece una guía práctica sobre cómo comunicarse con clientes de competidores en liquidación judicial. Propone distinguir tres niveles de discurso: el hecho verificable (por ejemplo, la fecha en que se declaró la liquidación), el riesgo (posibles consecuencias de la liquidación) y la certidumbre sobre el futuro (afirmaciones como la imposibilidad de que haya un comprador o la cesación inevitable de los servicios). Según el tribunal, es este último nivel el que resulta más expuesto a reclamaciones por dolo si no se cuenta con elementos sólidos que respalden la afirmación. La regla es clara: no convertir una incertidumbre en una certeza comercial.

Informado por Journal du Net.